La documentación requerida para el tramite de Exportación de menaje de casa se basa en el Artículo 375 del DECRETO 390 de 2016.
Es el régimen que permite la exportación del menaje doméstico de los residentes en el país que salen del territorio aduanero
nacional para fijar su residencia en el exterior, constituido por los muebles, aparatos y accesorios de utilización normal en una vivienda. No hará parte del menaje doméstico, el material de transporte comprendido en la sección XVII del Arancel de Aduanas, con excepción de los artículos cuyas subpartidas arancelarias se relacionan en el parágrafo 1° del artículo 295 del presente decreto.
La solicitud de autorización de embarque para este régimen se tramitará en la forma prevista para el régimen de exportación definitiva con embarque único y datos definitivos. El plazo para presentar la solicitud de autorización de embarque, será de treinta (30) días calendario antes de la salida del país del propietario, o de ciento veinte (120) días calendario siguientes a la fecha de salida del mismo.
Documentación para Exportaciones.
- Fotocopia AUTENTICADA del pasaporte con sello de salida de migración Colombia a la vista no superior a 120 días.
- Copia de la hoja principal AUTENTICADA con visa de residente o trabajo.
- Copia del tiquete aéreo y copia del último sello de salida de Colombia.
- Cartas firmadas y AUTENTICADAS dirigidas a la aduana respectiva, autorizando a TRANSPACK S.A.S., a manejar su menaje.
- Fotografías de sus cuadros, los que deberán ser entregadas ante el Ministerio de Cultura. TRANSPACK LTDA. le colaborará con este proceso (lo que no es necesario en esta mudanza porque no tiene obras de arte). (Esta lista es enunciativa más no limitativa).